Art. 1
Título TÍTULO IVCapítulo DISPOSICIONES FINALES

Art. 1

115 / 118
En vigor desde 25 abr 1980
En el caso de que CAMPSA cesase en la administración del Monopolio o en el de que se extinguiera éste, todos los concesionarios continuarán en la misma situación jurídica actual en relación al Estado, o al Organismo o Entidad que éste designe.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1980/04/10/(5)#1-1