Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

16 / 16
En vigor desde 19 oct 1982
La presente Orden ministerial entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1982/10/01/(1)#disposicion-final-tercera