Art. Disposición transitoria quinta
8 / 130En vigor desde 19 nov 2017
La Intervención General de la Administración del Estado determinará mediante Resolución, teniendo en consideración la disponibilidad de medios para la implantación del inventario Sorolla, el momento en el que los distintos Departamentos Ministeriales deberán iniciar la aplicación del procedimiento descrito en la regla 78 quáter de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, que figura como anexo a esta Orden, relativa al procedimiento para la tramitación de las operaciones con incidencia en el inventario Sorolla.
Se añade por el art. 2.3 de la Orden HFP/1105/2017, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-2017-13278
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Proeli/es/o/1996/02/01/(4)#disposicion-transitoria-quinta