Art. Decimocuarta
Capítulo DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE SEGURIDADSecc. Desagües

Art. Decimocuarta

14 / 24
En vigor desde 11 ene 1965
Si se prevén desagües en las dependencias en las que existan G. L. P., aquéllos tendrán lugar a través de sifones, para evitar que el gas pueda penetrar en las canalizaciones subterráneas de alcantarillado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1964/12/01/(1)#decimocuarta