Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

8 / 9
En vigor desde 25 ene 2011
Queda derogada toda disposición de igual o inferior rango que contradiga lo establecido en la presente orden. En particular se derogan: La Orden del Ministerio de Cultura, de 25 de septiembre de 1985, por la que se estructura y se señalan las funciones del Centro para la Difusión de la Música Contemporánea (CDMC), que se configura como unidad de producción del Organismo autónomo Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Los apartados decimosexto y decimoséptimo del capítulo IV, del Código de Buenas Prácticas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, aprobado por Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2011/01/20/cul57#disposicion-derogatoria-unica