Art. 10
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

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En vigor desde 8 dic 2011
El proyecto global para el CNDM se establecerá a través del Plan Director y de los planes anuales de actuación, donde se fijarán los objetivos artísticos, así como el calendario previsto para su aplicación.
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eli/es/o/2011/11/30/cul3359#art-10