Art. 86
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Ayudas a la promoción§ Subsección 1.ª Ayudas para la participación de películas españolas en festivales

Art. 86

Derogado93 / 120
En vigor desde 25 oct 2009
1. No se podrá conceder más de una ayuda por la participación de cada película por festival o premio, ni su cuantía superar, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, el coste de la participación de la empresa productora en el festival o su concurrencia al premio. 2. En el caso de que sean varias las empresas productoras solicitantes de ayuda por la participación de la misma película en el festival o premio, podrán presentar solicitudes conjunta o separadamente, aunque, en ningún caso, la ayuda total solicitada podrá superar las cantidades máximas que, para cada festival y sección o premio se establezca en la correspondiente convocatoria. 3. Cuando se trate de películas realizadas en régimen de coproducción, sólo se tendrá derecho a estas ayudas si existe una participación española efectiva de carácter creativo, técnico y de servicios. Su cuantía será proporcional al porcentaje de la participación de los coproductores españoles, calculada teniendo en cuenta los importes máximos establecidos en la correspondiente convocatoria para el festival y sección o premio en que participe la película.
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eli/es/o/2009/10/19/cul2834#art-86