Art. 81
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 5.ª Ayudas a la conservación

Art. 81

Derogado87 / 120
En vigor desde 25 oct 2009
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes de la correspondiente convocatoria. 2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.
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eli/es/o/2009/10/19/cul2834#art-81