Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 52
Derogado59 / 88En vigor desde 20 jul 2018
1. En la propuesta de resolución definitiva se incluirá la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la ayuda y la cuantía de la misma.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
3. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la resolución de concesión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/07/17/cud769#art-52