Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Ayudas a la producción de cortometrajes realizados
Art. 36
Derogado41 / 88En vigor desde 13 abr 2019
1. Dentro del crédito anual destinado a estas ayudas, su cuantía podrá alcanzar el porcentaje del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales correspondiente a la intensidad máxima de ayuda que resulte de aplicación.
2. El plazo de presentación de solicitud de las ayudas, que será como máximo de 30 días, y la documentación que deba acompañarse a la misma, se establecerán en la respectiva convocatoria.
Se modifica el apartado 1 por el .16 de la Orden CUD/426/2019, de 11 de abril. Ref. BOE-A-2019-5551
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/07/17/cud769#art-36