Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 14 may 2021
La reserva del crédito anual destinado a los proyectos realizados exclusivamente por directoras que establece el artículo 17.1 en las ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto se hará efectiva de la siguiente manera: en la convocatoria que se realice el año 2020 se reservará el 20 %, en la convocatoria del año 2021 se reservará un mínimo del 25 % y a partir de la convocatoria del año 2022, se reservará un mínimo del 35 %. Se modifica por el art. único.7 de la Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo. Ref. BOE-A-2021-7949

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Pro

eli/es/o/2020/06/26/cud582#disposicion-final-tercera