Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final cuarta
46 / 47En vigor desde 1 jul 2020
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo lo establecido en la disposición final tercera.
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Proeli/es/o/2020/06/26/cud582#disposicion-final-cuarta