Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 14 may 2021
Las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes a las que se refieren las presentes bases reguladoras son actuaciones susceptibles de ser financiables con los fondos del Instrumento Europeo de Recuperación, y a las mismas les serán de aplicación las medidas de agilización previstas en el capítulo V del título IV del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se añade por el art. único.6 de la Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo. Ref. BOE-A-2021-7949

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Pro

eli/es/o/2020/06/26/cud582#disposicion-adicional-cuarta