Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 22En vigor desde 6 abr 2023
Los ingresos económicos obtenidos por el usuario por la explotación comercial del repertorio se identificarán con el valor de aquellos ingresos que, dentro del conjunto total de ingresos de explotación del propio usuario en sus diferentes actividades, se encuentren vinculados con la explotación comercial del repertorio.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2023/03/28/cud330#art-6