Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
22 / 23En vigor desde 5 abr 2002
La presente Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva estatal en materia de telecomunicaciones, prevista por el artículo 149.1.21. a de la Constitución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2002/03/26/cte711#disposicion-final-primera