Art. 4
4 / 7En vigor desde 12 jul 2020
La oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Ciencia e Innovación se adecuará a la categoría de oficinas de horario general prevista en la Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación de las oficinas de registro propias y concertadas con la Administración General del Estado y sus organismos públicos y se establecen los días y horarios de apertura.
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Proeli/es/o/2020/07/06/cin636#art-4