Art. 2
2 / 7En vigor desde 12 jul 2020
La oficina de asistencia en materia de registros tendrá la consideración de órgano administrativo integrado en la estructura orgánica del Ministerio de Ciencia e Innovación, dependiendo jerárquicamente de la Secretaría General Técnica, formando parte de la red de oficinas en materia de registros de la Administración General del Estado.
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Proeli/es/o/2020/07/06/cin636#art-2