Art. Vigesimoprimero
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Vigesimoprimero

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En vigor desde 14 may 2021
Se delega en las personas titulares de las Oficinas Consulares la competencia para formalizar contratos que afecten a su Representación de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
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