Art. Sexto
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Sexto

6 / 23
En vigor desde 14 may 2021
Se delegan en la persona titular de la Dirección del Gabinete de la Secretaría de Estado las facultades relativas a la concesión de premios, becas, subvenciones y ayudas públicas hasta el límite de 500.000,00 euros, así como la aprobación y compromiso del gasto y el reconocimiento de las obligaciones y propuesta de pago, así como cuantas otras actuaciones se deriven de la misma, incluida la expedición y firma de los documentos contables correspondientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2021/04/28/auc462#sexto