Art. 5
5 / 8En vigor desde 14 mar 2009
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles o de otro orden que puedan concurrir.
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Proeli/es/o/2009/03/06/arm605#art-5