Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 16 mar 2010
1. El contenido mínimo de la SECMARM será: a) Identificación de la sede, así como del órgano titular y de los órganos responsables de la gestión de los contenidos puestos a disposición en la misma. b) Información necesaria para la correcta utilización de la sede incluyendo el mapa de la sede electrónica, así como la relacionada con la propiedad intelectual. c) Sistema de verificación de los certificados de la SECMARM, que estará accesible de forma directa y gratuita. d) Asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la sede. e) Relación de sistemas de firma electrónica que sean admitidos o utilizados en la sede. f) Orden ministerial de creación de la SECMARM. g) Orden ministerial de creación del Registro electrónico del Departamento que será accesible desde la sede. h) Relación actualizada de las solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos electrónicos normalizados correspondientes a los servicios, procedimientos y trámites que puedan presentarse en el Registro electrónico. i) Resolución de la Subsecretaría por la que se crean lo sellos electrónicos. j) Información relacionada con la protección de datos de carácter personal, incluyendo un enlace con la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos. 2. La SECMARM dispondrá de los siguientes servicios a disposición de los ciudadanos: a) Catálogo de trámites y servicios disponibles en la sede. b) Carta de servicios y carta de servicios electrónicos. c) Buzón general de sugerencias y quejas. d) Acceso, en su caso, al estado de tramitación del expediente. e) Enlace al «Boletín Oficial del Estado». f) Publicación electrónica de actos y comunicaciones que deban publicarse en el tablón de anuncios del Departamento señalándose el carácter complementario de la publicación electrónica. g) Sistemas de verificación de los sellos electrónicos de los órganos o, en su caso, organismos públicos que abarque la sede. h) Información del cumplimiento de las condiciones de confidencialidad, integridad y disponibilidad de las informaciones y comunicaciones que se realicen a través de la sede. i) Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por los órganos u organismos públicos que abarca la sede que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación. j) Indicación de fecha y hora oficial, así como relación de los días declarados oficialmente como inhábiles. k) Enlace con el Punto de acceso general de la Administración General del Estado. l) Declaraciones de conformidad y distintivos de seguridad y de interoperabilidad obtenidos en cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad y el Esquema Nacional de Interoperabilidad. m) Información sobre el cumplimiento de los principios de accesibilidad y usabilidad, establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, en los términos dictados por la normativa vigente en esta materia.
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eli/es/o/2010/03/04/arm598#art-6