Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

13 / 13
En vigor desde 25 nov 2009
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2009/11/19/arm3145#disposicion-final-tercera