Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 11 nov 2011
La presente orden tiene por objeto regular la actividad pesquera dirigida a la captura de especies demersales realizada por los buques de pabellón español, censados en la modalidad de arrastre de fondo del caladero del Mediterráneo, con base en puertos de la provincia de Girona, cuando faenen en la zona del caladero del Golfo de León situada al norte del paralelo 42º 26,0’ Norte, siempre por fuera de las aguas jurisdiccionales francesas.
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eli/es/o/2011/11/03/arm3019#art-1