Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 1 ago 2010
Dentro de la reserva marina queda definida la siguiente zona especial, cuyas coordenadas están referidas al Datum WGS – 84: Reserva integral, entre la isóbata de 500 metros, como límite exterior, y los paralelos de: a) 28º32,936’ N. b) 28º30,406’ N.
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eli/es/o/2010/07/21/arm2094#art-2