Art. 1

Art. 1

1 / 22
En vigor desde 1 ago 2010
El objeto de la presente orden es la regulación de la reserva marina de la isla de La Palma, al oeste de la misma, en las aguas exteriores comprendidas dentro de la zona delimitada entre la isóbata de 1.000 metros, como límite exterior, y los paralelos cuyas latitudes, referidas al Datum WGS – 84, son: 28º34,172’ N y 28º28,337’ N, mediante el siguiente plan de gestión, que contiene la regulación de las actividades y de los usos permitidos en la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2010/07/21/arm2094#art-1