Art. 10

Art. 10

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En vigor desde 27 may 2010
1. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se crea el fichero de datos personales «Fichero del Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino», cuya titularidad corresponde a la Subsecretaría del Departamento y que será válido a efectos del ejercicio por parte de los ciudadanos de los derechos previstos por dicha Ley. 2. El contenido de este fichero se recoge en el anexo II de la presente Orden.
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