Art. Trigésimo quinto
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Trigésimo quinto

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En vigor desde 12 feb 2006
El objetivo de esta línea de ayuda es potenciar la participación de la sociedad civil en la mejora de los servicios locales, en el ámbito de las competencias de las Entidades locales, mediante la cofinanciación de proyectos que cumplan dicho objetivo. Son susceptibles de obtener subvención los proyectos de inversión destinados a la prestación de servicios locales en cuya gestión haya una efectiva participación de los ciudadanos, mediante las fórmulas que establezcan las Entidades locales.
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eli/es/o/2006/01/31/apu293#trigesimo-quinto