Art. Cuadragésimo primero
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Cuadragésimo primero

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En vigor desde 12 feb 2006
1. La solicitud de subvención deberá ir acompañada de la siguiente documentación complementaria: a) El Proyecto Técnico de ejecución. b) Certificación expedida por el Secretario de la Entidad local o funcionario que ostente la fe pública, sobre los siguientes aspectos: 1.º Acuerdo de aprobación del Proyecto, en el que se haga referencia al modo en que se produce la participación ciudadana. 2.º Acuerdo de solicitud de la subvención, adoptado por Órgano competente, con indicación de la cuantía solicitada y del porcentaje que representa respecto a la inversión total. 3.º Compromiso de habilitación de crédito para financiar el importe del proyecto en la parte que no va a ser objeto de subvención por el Ministerio de Administraciones Públicas. 4.º Ayudas solicitadas y/o concedidas para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones Públicas o provenientes de Fondos Comunitarios o, en su caso, certificación de la ausencia de solicitud o concesión de las mismas. 5.º Disponibilidad de los terrenos, en el caso de que fueren precisos, salvo cuando este requisito esté dispensado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. 6.º Disponibilidad de las autorizaciones necesarias para la ejecución del proyecto. De no ser precisas, por la naturaleza del mismo, se remitirá certificación acreditativa de tal circunstancia. c) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el art. 14.1.e de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d) Certificado del programa de financiación en el que figure la aportación de la Entidad solicitante (como mínimo el 15 por 100 de la inversión total) y las aportaciones del resto de los agentes financieros, en documento normalizado según modelo 1I. e) Copia compulsada del texto íntegro del reglamento orgánico de participación ciudadana de la entidad local y/o estatutos reguladores de consejos y otras estructuras relacionadas con el proyecto. Se deberá acompañar certificación acreditativa de la fecha de entrada en vigor. f) Memoria descriptiva del proyecto y de las actuaciones que comprende, en la que se recogerá, al menos: 1.º La denominación del Proyecto y los objetivos que se pretenden conseguir con su ejecución. 2.º Coherencia del proyecto con la regulación de la participación en el ámbito territorial de la entidad promotora, o con las políticas de participación ciudadana, desarrolladas por la misma. 3.º Análisis de la necesidad del proyecto propuesto y de las carencias que viene a cubrir o las mejoras que podría suponer en el ámbito de la participación ciudadana. 4.º Información valorativa sobre cada uno de los criterios que van a ser utilizados para la selección de los proyectos según lo previsto en el artículo 38 del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio. g) Resumen de la Memoria en documento normalizado, modelo 1J. 2. Junto con la solicitud y documentación complementaria, deberá remitirse el informe del Subdelegado del Gobierno en la Provincia, del Director Insular o del Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales no insulares, si no hubiera Subdelegado del Gobierno, así como de la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales o certificación del Secretario de la Entidad local solicitante de no haber sido emitidos en el plazo previsto de 10 días.
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