Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 6 jun 2018
Mediante resolución de la Secretaría General de Pesca podrán establecerse límites de desembarque por buque para cada una de las flotas que participan en la pesquería con el objeto de mejorar el control del consumo y la eficiencia de las capturas máximas anuales establecidas según la regla de explotación señalada en al artículo 4.
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eli/es/o/2018/06/01/apm605#art-6