Art. 14
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección Primera. De la composición, representación y gobierno

Art. 14

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En vigor desde 24 mar 2018
Los miembros de la Junta Directiva cesan en sus cargos por las causas siguientes: a) Fallecimiento. b) Renuncia. c) Expiración del mandato para el que fueron elegidos. d) Por perdida de la condición de inscrito en la Corporación del operador a quien representen o perder dicha representación, conforme a lo que se determine en los Reglamentos Internos. e) Por incurrir, durante el periodo de vigencia de su cargo, en causa de incapacidad legal. f) Por haber sido sancionado con carácter firme, durante el periodo de vigencia de su cargo, por infracción. En caso de finalización del mandato de la Junta Directiva, ésta seguirá actuando en funciones hasta que el Pleno elija una nueva Junta Directiva.
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