Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 14 mar 2018
Esta orden tiene como objeto desarrollar lo dispuesto en el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero. Se aplicará a toda persona debidamente provista o que desee obtener un título profesional náutico pesquero, o un refrendo del mismo, expedido por el Reino de España.
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eli/es/o/2018/03/07/apm243#art-1