Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 26 dic 2017
1. El Consejo Regulador es la entidad de gestión de la DOP Jabugo y su norma de funcionamiento son los presentes Estatutos y el Pliego de condiciones de la DOP, en el que está delimitado su ámbito territorial. 2. Su domicilio se encuentra en Jabugo (Huelva), Avenida Infanta María Luisa, s/n.
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eli/es/o/2017/12/13/apm1274#art-2