Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 11 feb 2018
El Pleno del Consejo Regulador de la DOP «Cava» deberá acordar la apertura del proceso electoral para la renovación de sus órganos de gobierno dentro del plazo máximo de un año a contar desde la aprobación de los presentes Estatutos por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
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