Art. 53
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 53

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En vigor desde 11 feb 2018
1. Los censos y subcensos que integran el censo electoral del Consejo Regulador se confeccionarán en impresos y/o formato electrónico según modelo del anexo I a los presentes Estatutos. 2. En los censos y subcensos figurarán los titulares por orden alfabético dentro de cada municipio.
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