Art. 10
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

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En vigor desde 11 feb 2018
1. Los órganos de gobierno del Consejo Regulador de la DOP «Cava» son el Pleno y el Presidente. 2. No podrán formar parte de los órganos de gobierno quienes estén inhabilitados para empleo o cargo público.
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