Art. Disposición transitoria única
7 / 9En vigor desde 4 may 2023
El plazo de solicitud para el año 2023 será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado». Podrán presentar la solicitud de acceso a captura científica todas las campañas que se realicen entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
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Proeli/es/o/2023/04/24/apa441#disposicion-transitoria-unica