Art. 29
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 29

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En vigor desde 20 abr 2023
1. Su finalidad es poner en valor y dar a conocer las bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada, Indicación Geográfica (IG), de mayor calidad y mejores características organolépticas, así como promover y estimular a los diferentes elementos de la cadena alimentaria, reconocer el esfuerzo comercializador, innovador, de desarrollo rural y sostenibilidad, y la elaboración de productos de calidad. 2. Este premio contará con una única modalidad: Premio Alimentos de España Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica».
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eli/es/o/2023/04/08/apa379#art-29