Art. Nota inicial

Art. Nota inicial

En vigor desde 18 abr 2020
Téngase en cuenta que la presente Orden se aplica hasta 120 días después de la finalización del estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.
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