Art. 3
3 / 10En vigor desde 11 nov 2006
Durante los meses de junio a septiembre, ambos inclusive, y a efectos de regular el esfuerzo de pesca, sólo 70 buques de los mencionados en el artículo 2 podrán utilizar, cada mes, cualquier puerto de la costa de Girona.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2006/11/02/apa3456#art-3