Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 29 mar 2026
El Consejo Regulador estará formado por el Pleno del Consejo Regulador, su Presidente, su Vicepresidente, la Comisión Permanente y las comisiones de trabajo, así como por el Secretario, y los servicios de Administración y Promoción y la Estructura de Control.
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eli/es/o/2026/03/18/apa284#art-6