Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 20 mar 2024
Constituye el objeto de los presentes estatutos regular el régimen de funcionamiento interno, la estructura, cometidos y recursos propios del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida de carácter supraautonómico «Nueces de Nerpio» (DOP «Nueces de Nerpio»), así como los derechos y deberes inherentes a sus operadores inscritos.
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