Art. Disposición final primera
14 / 15En vigor desde 28 jul 2006
La presente orden se dicta de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
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Proeli/es/o/2006/07/27/apa2442#disposicion-final-primera