Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 30 may 2015
Los órganos previstos en esta orden se regirán, en todo lo demás, por lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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