Art. 2
Capítulo ANEXO

Art. 2

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En vigor desde 2 nov 2014
El Plan estatal se ajustará al siguiente análisis de riesgos, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4.2 y 5.1.b) del SNR. 1. Metodología.–En el marco del presente Plan el análisis de riesgos tiene un doble objetivo: A) Identificar los niveles de riesgos (ecológicos y socioeconómicos) que tienen los distintos tramos de la costa a fin de propiciar, en su caso, la respuesta adecuada. B) Disponer de herramientas para la gestión espacial de las actuaciones a llevar a cabo durante un suceso de contaminación marina y, en particular, para el análisis dinámico de riesgos a realizar en esas circunstancias. Para la elaboración del análisis de riesgos, se ha tenido en cuenta la información disponible en los correspondientes planes territoriales. Este análisis comprende lo siguiente: a) Identificación y localización de las fuentes potenciales de contaminación accidental existentes: i. Fijas en tierra: instalaciones que manipulan sustancias peligrosas a granel, en el dominio público portuario, en el dominio público marítimo-terrestre (incluyendo la carga y descarga en puertos) o en las proximidades de ambos. ii. Fijas en el mar: instalaciones de extracción y almacenamiento de hidrocarburos. iii. Buques y embarcaciones en el dominio público portuario (atraques y zonas de acceso) y en la costa. iv. Buques y embarcaciones en alta mar: se ha considerado como ubicación posible cualquier punto de las aguas jurisdiccionales españolas. Se han dividido éstas en unas 1.900 celdas de 15’ × 15’ minutos de latitud y longitud, considerando que un accidente en cualquier punto de una celda se produce en el centro de ésta. b) Clasificación de los tipos de contaminantes en grupos según los sistemas de respuesta más apropiados. Para la carga de los buques y embarcaciones en alta mar, según las categorías de sustancias líquidas del Convenio MARPOL. Además, el combustible de los propios barcos en tres categorías: gasoil, fuel-oil ligero y fuel-oil pesado. c) Para cada fuente potencial, análisis probabilístico de derrames accidentales del (o de los) grupo(s) de contaminante(s) relevantes por rangos de magnitudes en base a estadísticas generales de derrames con determinadas precisiones para cada caso particular tras un análisis de las variables determinantes: i. Instalaciones marítimas: depósitos de almacenamiento, conducciones, procesos, operaciones (incluyendo carga y descarga) y medidas preventivas y de respuesta (relación con los planes interiores marítimos y con los planes de emergencia exterior e interior). ii. Buques y embarcaciones en el dominio público portuario: intensidad y distribución de la densidad de tráfico y de mercancías, características de los buques (tipo y tamaño, tipo de carga, capacidades de carga y de combustible, edad, bandera), disposición en planta de muelles y diques, condiciones ambientales (estadísticas de oleaje, vientos y corrientes) y medidas preventivas y de respuesta (relación con el plan interior marítimo del puerto y con los planes de emergencia exterior e interior). iii. Buques y embarcaciones en la costa y en alta mar: intensidad y distribución de la densidad de tráfico y de mercancías, características de los buques (tipo y tamaño, tipo de carga, capacidades de carga y de combustible, edad, bandera), disposición de la línea de costa y condiciones ambientales (estadísticas de oleaje, vientos y corrientes) (relación con el Plan Marítimo Nacional). d) Tramificación de la costa por municipios costeros. Los municipios con gran longitud de costa se dividen en tramos más pequeños según su fisiografía y orientación. e) Para cada escenario de derrame con su probabilidad asociada: determinación de los tramos de costa afectados y de la severidad de la contaminación (m 3 /m) de cada uno de ellos mediante la aplicación de modelos sencillos de simulación del desplazamiento y evolución de la mancha contaminante. f) Para cada tramo de costa y grupo de hidrocarburos: cálculo de la distribución de probabilidad de la severidad de la contaminación. Mapas y tablas. g) Para cada tramo de costa: asignación de valores de un conjunto de variables a partir de las cuales se determina su vulnerabilidad. Entre dichas variables se han considerado la población de los núcleos próximos a la costa, el tipo de ocupación del suelo, el tipo de costa y su pendiente, las figuras de protección y hábitats presentes, la existencia de instalaciones críticas y la relevancia del turismo y de la pesca. h) Para cada tramo de costa y grupo de hidrocarburos: cálculo de la vulnerabilidad a los daños ecológicos y socioeconómicos. Mapas y tablas. i) Para cada grupo de hidrocarburos y tipo de daños: preparación de una escala de conversión de la severidad de la contaminación a intensidades relativas de daño según el nivel de vulnerabilidad. j) Para cada tramo de costa, grupo de hidrocarburos y tipo de daños: cálculo del nivel relativo de riesgo. Mapas y tablas. 2. Mapas de riesgos y herramienta de gestión espacial.–El resultado del análisis de riesgos se sintetiza en dos elementos, de utilidad continuada durante la vida del Plan Ribera: a) Un conjunto de mapas y tablas que expresan la distribución por tramos de costa (con resolución municipal o submunicipal) de un conjunto de variables indicativas de: i. La probabilidad de que se vean afectadas con diferentes rangos de severidad de contaminación (mapas de peligrosidad). ii. El grado de vulnerabilidad a los daños ecológicos y socioeconómicos (mapas de sensibilidad). iii. Los niveles de riesgos ecológicos y socioeconómicos (mapas de riesgo). b) Una herramienta de gestión espacial de las actuaciones en la costa durante los sucesos de contaminación marina que facilitará la consulta rápida y la explotación práctica de los mapas anteriores. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) llevará a cabo la actualización y mejora continua de ambos elementos. La versión más reciente del primero de ellos (mapas y tablas) estará disponible para consulta pública en el sitio web del MAGRAMA. Estos mapas y tablas pueden servir de ayuda para el establecimiento de las fases y situaciones de emergencia por los directores de la emergencia de los diferentes planes de contingencias [artículos 6.1.a) y 7.1.b) del SNR] y para la declaración por parte de la comunidades autónomas de sus zonas especialmente vulnerables a efectos de la definición de la fase de emergencia en situación 2. Asimismo se pondrán a disposición de los órganos competentes de las comunidades autónomas y de las entidades locales los resultados generados por la herramienta de gestión en casos de contaminación marina.
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