Capítulo CAPÍTULO III
Art. 19
22 / 28En vigor desde 1 dic 2015
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará conforme a lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
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Proeli/es/o/2015/11/30/aaa2536#art-19