Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

8 / 10
En vigor desde 9 nov 2016
A los efectos de las estructuras informáticas previstas en esta orden, se entenderá por: AAAAMMDD: Año, mes y día. BCA: Base Central del Agua. CH: Confederación hidrográfica. HH:MM: horas y minutos. N/A: No se aplica. RA: Registro de Aguas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2016/10/28/aaa1760#disposicion-adicional-unica