Art. 4
4 / 12En vigor desde 26 jun 2015
1. El Pleno tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: El titular de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
b) Vicepresidencia: El titular de la Dirección General de Servicios de la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
c) Vocalías: cuyas designaciones habrán de recaer en titulares de órganos con rango, al menos, de Director General:
1.º Un representante de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
2.º Un representante de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
3.º Un representante de la Secretaría General de Pesca.
4.º Un representante de cada uno de los siguientes organismos públicos adscritos al Departamento:
– Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
– Agencia Española de Meteorología (AEMET).
– Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN).
– Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA).
– Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).
5.º Dos vocales designados por el presidente del Pleno entre los directores generales del Departamento.
Si en el futuro se crearen en el Departamento nuevas unidades con rango equivalente tendrán también un vocal del mismo nivel que los anteriores, nombrado con igual procedimiento.
d) La persona titular de la Subdirección General de Sistemas Informáticos y Comunicaciones de la Dirección General de Servicios, que ejercerá las funciones de Secretaría del Pleno y actuará con voz, pero sin voto.
e) La Comisión podrá convocar al Pleno, en función de la relevancia de los asuntos a tratar, a expertos de la DTIC o a titulares de alguno de los órganos y comisiones de la estructura de Gobernanza TIC de la AGE, o bien a otros expertos, todos los cuales asistirán con carácter de asesores, con voz pero sin voto.
2. Todos los vocales serán designados por la Subsecretaría del Departamento a propuesta de los titulares de los órganos superiores o directivos de los que dependan los designados. Por cada vocal, y por el mismo procedimiento, se nombrará un vocal suplente que deberá tener, al menos, rango de subdirector general o asimilado.
3. El Pleno se reunirá al menos una vez al año, mediante convocatoria de su Presidente, bien a iniciativa propia, o bien cuando lo soliciten, al menos, la mitad de sus miembros.
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