Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 4 jul 2013
Todos los miembros que componen la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza a la fecha de la publicación de esta Orden mantendrán en vigor sus nombramientos sin solución de continuidad, hasta la renovación, si procede, prevista en el artículo segundo.
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