Art. 7
7 / 9En vigor desde 7 nov 1986
El ISFAS dictará las instrucciones que se estimen necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1986/10/09/82#art-7