Art. 5
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 22 sept 2011
El Patronato estará regido por un Consejo Rector y administrado y gobernado por una Junta de Gobierno. El Presidente del Patronato y de su Junta de Gobierno será un oficial general de la Armada nombrado por orden ministerial a propuesta del Jefe de Estado Mayor de la Armada. Se modifica por el art. único.1 de la Orden DEF/2497/2011, de 6 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14970 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2001/11/20/241#art-5